lunes, 7 de mayo de 2012

Mercados vs. Democracia

La prensa económica de hoy afirma que los resultados electorales de Francia sientan mal a los mercados... es decir, que cuando un pueblo decide en las urnas aumentar el número de profesores, subir los impuestos a los millonarios, rebajar la edad de jubilación, crear bancos públicos que faciliten la financiación a las pequeñas empresas (y no sólo a las grandes como la banca privada), limitar la acumulación de cargos públicos (que se lo digan a De Cospedal y compañía), etc, etc, etc (ver la entrada anterior), 'los mercados' deciden castigarlo... y nos preguntamos: ¿Deben los mercados tener el poder de dictar nuestro futuro o podemos escribirlo nosotrxs?:


1 comentario:

MDF dijo...

Spain. Propuesta para un debate popular (VII).

Constitución de la Unión de Repúblicas Socialistas Hispánicas (URSH)

Capítulo III.- ORGANOS SUPERIORES DE PODER DE LA U.R.S.H.

Artículo 27.- La Asamblea de la Unión es elegida por los ciudadanos de la URSH en circunscripción electoral única y a razón de un diputado por cada 150.000 habitantes. La Asamblea de las Repúblicas Federadas es elegida por los ciudadanos de la URSH en cada república federada, en circunscripción electoral única, y en la siguiente proporción: 15 diputados por cada una de ellas. La aplicación en cualquier elección de normas o condiciones que modulen la relación directamente proporcional existente entre electores y electos implicará la nulidad del proceso y la adopción de las medidas judiciales adecuadas a un delito contra esta Constitución.

Artículo 28.- La Asamblea Suprema de la URSH es elegida por un plazo de cuatro años.

Artículo 29.- Las dos cámaras de la Asamblea Suprema de la URSH son iguales en derechos. La iniciativa legislativa pertenece por igual a la Asamblea de la Unión, la Asamblea de las Repúblicas Federadas, y a cualquier ciudadano que ostente el apoyo del uno por ciento del electorado y así lo acredite.

Artículo 30.- Se considera aprobada una ley cuando ha sido aceptada por ambas cámaras de la Asamblea Suprema de la URSH por simple mayoría de votos en cada una de ellas. Las leyes aprobadas por la Asamblea Suprema de la URSH se publican en las lenguas de las repúblicas federadas con la firma del Presidente y del Secretario de la Comisión Permanente de la Asamblea Suprema de la URSH.

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http://aims.selfip.org/spanish_revolution.htm